REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA (1RA) INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO.
Guatire, 12 de Abril del año 2006.-
Año. 195º y 147º
Vista la solicitud de Curatela interpuesta por la ciudadana MARÍA THAMANDA ORAMAS TOVAR, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.502.533, y la aceptación del ciudadano ROGELIO ANTONIO ORAMAS RUBIO, titular de la C.I. Nº V- 1.721.242; ésta Sala de Juicio del Tribunal de Primera (1ra) Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 110 del código civil, le DISCIERNE el cargo de Curador Ad Hoc, del niño LUIS ANTONIO PINTO ORAMAS, de seis (06) años de edad, al ciudadano ROGELIO ANTONIO ORAMAS RUBIO, titular de la C.I. Nº V- 1.721.242, antes identificado.- Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TITULAR.-
DRA. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MARÍA ANTONIETA BERROTERAN.-
Curador Ah-Hoc.-
LMDC/MAB/Jean Carlos Orozco.-
EXP N° S- 06*1955.-
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