REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA (1RA) INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO.
Guatire, 24 de Abril del año 2006.-
Año. 196º y 147º
Visto el Convenimiento de Régimen de Visitas, procedente de la Unidad de Defensa Pública en el Área de protección de Niños y Adolescentes de ésta misma Circunscripción Judicial, suscrito por los ciudadanos RUTH GUILLEN y JAIRO SALINAS, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V- 14.224.442 y V- 15.821.275, respectivamente, actuando en su condición de progenitores de la niña GABRIELA KATHERINE SALINAS GUILLEN, de un (01) año de edad, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. En consecuencia, éste Despacho Judicial imparte SU HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en los siguientes términos: PRIMERO: El padre tendrá contacto con su hija dos (2) veces a la semana o cuantas veces quiera. Así mismo, el padre llevará a la niña a su sitio de habitación, la visita será de 9:00 am hasta las 5:00 pm. SEGUNDO: El día de su cumpleaños la niña estará con el padre y la madre, antes mencionados. TERCERO: Vacaciones, carnaval y semana santa, los progenitores decidirán de mutuo acuerdo como se regularizará el tiempo y la fecha que la niña compartirá con cada uno de ellos, para fiestas decembrinas del 2.006, el 24 de diciembre con la madre y el 31 de diciembre con el padre.- Notifíquese a la Defensoría Pública.- Devuelvanse los originales y expídase copias certificadas a las partes interesadas del presente auto. Se ordena el cierre del presente expediente constante de seis (06) folios útiles y su remisión al Archivo Judicial de este misma Circunscripción Judicial.- Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TITULAR.-
DRA. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. JUDITH DE LA CRUZ LOVERA PEDRÓN.-
LMDC/JLP/Jean Carlos Orozco.-
EXP N° S- 06*2089.-
HOM. RÉGIMEN VISITAS.-
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