REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.
196° y 147°
Los Teques, 25 de abril de 2006
Vista la diligencia de fecha 20 de abril del presente años suscrita por el Alguacil Adrián Araque mediante la cual expone:
.....Consigno en este mismo acto Boleta de Notificación, dirigido al ciudadano José Luis Nuñez Parato, parte actora en el presente juicio, por cuanto el día 20-04-06, estando presente en la sede de los UZGADOS DEL Trabajo de esta Circunscripción judicial, se hizo entrega a la ciudadana ANA MATA en su carácter de APODERADO JUDICIAL de la parte en mención, procediendo a recibir y firma la Boleta en cuestión....
Este Juzgado Observa:
1.- Que en fecha 07 de abril de 2006, este Juzgado dicto auto mediante el cual se abstuvo de admitir el libelo de demanda presentado por el ciudadano NUÑEZ PRATO JOSE LUIS por no cumplir con los requisitos establecido en el articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Ahora bien este Juzgado pasa hacer el cómputo del lapso establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la siguiente manera:
ABRIL: viernes 21, lunes 24
Vencido como se encuentra el lapso de dos (02) días hábiles, sin que la parte actora haya subsanado el libelo de la demandada. En consecuencia, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial declara: la INADMISIBILIDAD de la demandada incoada para el ciudadano NUNEZ PRATO JOSE LUIS contra PUB BAR ZODIACO 2021,C.A, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y remítase la presente decisión. Siendo la una y treinta (1:30 p.m.) de la tarde a los veinticinco (25) días del mes de abril del año dos mil seis (2006)
CORINA RODRIGUEZ SANTOS
LA JUEZ
ISBELMART CEDRE TORRES
LASECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumpliendo con lo ordenado.
LA SECRETARIA
EXP:0977/06
CRS/ICT