JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce de agosto de dos mil seis.

196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 11 de agosto de 206, suscrita por el abogado CARLOS EDUARDO GAMBOA BARRIOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil EXPRESOS OCCIDENTE C. A., mediante la cual en cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 03 de agosto de 2006, consigna copias simples de facturas e informa que los originales se extraviaron en las oficinas del SETRA, en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por el abogado CARLOS EDUARDO GAMBOA BARRIOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil EXPRESOS OCCIDENTE C. A., bastantes y suficientes para asegurarle a la Empresa Mercantil EXPRESOS OCCIDENTE C. A., sus derechos sobre dos (2) autobuses con CARROCERIAS MARCA BUSSCAR/ NIELSON, MODELO EL BUS 340, AÑO 1997 Y CHASIS MARCA VOLVO MODELO B-10M, SERIAL: 9BV1MKC10VE315380, CARROCERÍA BUSSCAR/NIELSON, SERIAL: SERIAL: BUSCRCFBUNVB026310, CON MOTOR SERIAL: TD101KC133052635 según lo declarado por las testigos MARÍA SILVIA CHACÓN GARCÍA y MARÍA MALDONADO de BARRETO, quienes respondieron afirmativamente al interrogatorio al cual fueron sometidas. Asimismo se acuerda el desglose del Poder original que corre a los folios 03 al 06, dejando en su lugar copia fotostática certificada en el expediente. Cuando el solicitante consigne las copias fotostáticas se hará el desglose solicitado. De conformidad con lo ordenado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho a terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL,


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERA P.
En la misma fecha se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

LA SECRETARIA,


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERA P.


Rosa S.