JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, catorce de Agosto de dos mil seis.
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 09 de agosto de 2006,, suscrita por el abogado FELIPE SEGUNDO MONTILLA ALBARRAN, Apoderado Judicial de la parte demandante, por una parte, y por la otra parte, el abogado HERMES JOSÉ ANDRADE PERNÍA, Apoderado Judicial de la parte demandada, mediante la cual consignan contrato de Transacción Judicial celebrado por las partes por ante la Notaría Pública Cuarta de San Cristóbal del Estado Táchira, anotada bajo el N° 27, Tomo 121 de fecha 09 de agosto de 2006; y dentro del contenido de la misma, dan por terminado y sin efecto jurídico alguno el presente juicio, solicitan se homologue y se le imparta el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia de Autoridad de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir copia computarizada certificada de la Transacción y del presente auto a los fines de su registro. Asimismo de conformidad con lo solicitado se acuerda expedir por Secretaría copia fotostática certificada de la transacción celebrada y del presente auto. Para la elaboración del fotostato se autoriza al ciudadano GEOVANNY CASTRILLON SOLANO, con Cédula de Identidad N° 12.633.399. Cuando la parte interesada consigne las copias se certificarán las mismas. No se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la transacción realizada.

LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
En la misma fecha se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

LA SECRETARIA,

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
Rosa S.