JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 26/04/1999, suscrita por la parte demandada, ciudadano LUIS ANTONIO OSORIO VELASCO, titular de la cédula de identidad N° V-5.676.158, asistido de la abogada MARIA ALEJANDRA DIAZ MANRIQUE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.062, por una parte y por la otra, la parte demandante, abogado JOHAN MIGUEL SANCHEZ MONTILLA, en la cual el ciudadano LUIS ANTONIO OSORIO VELASCO, ya identificado manifiesta su voluntad de CONVENIR en la presente demanda, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; en virtud de que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los dos días del mes de agosto del año dos mil seis. (02/08/2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
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