REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Los Teques,
195º y 146º
PONENTE: DR. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ
EXPEDIENTE Nº 6098-06
Corresponde a esta Sala decidir acerca de la admisibilidad del Recurso de Apelación intentado por el Abogado: DAVID VARGAS, en su carácter de Defensor del ciudadano: GARCÍA FLORES HUGO ESTEBAN, contra la Sentencia Definitiva emanada del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, en fecha 16 de enero de 2.006; mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado CONDENÓ al acusado GARCÍA FLORES HUGO ESTEBAN a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 único aparte, en relación con el artículo 375 ordinal 1° del Código Penal vigente.
DE LA ADMISIBILIDAD
El recurso referido fue ejercido con fundamento en el Artículo 452 ordinales 1, 2, 3, 4, 5 del Código Orgánico Procesal Penal, dentro del término que establece el artículo 453 ejusdem y no incursos en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ibídem.
Por lo que en consecuencia y por cuanto el Recurso de apelación in commento fue interpuesto fundamentado en causa legalmente preestablecida, dentro del término legal y no ser evidentemente inadmisible, se ADMITE y ASÍ SE DECLARA.
A los fines de dar cumplimiento con la Audiencia a que se contrae los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal; se acuerda notificar a todas las partes de la referida admisión; y una vez que conste en autos la notificación efectiva de cada una de ellas, se fijara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, la fecha y hora en que se realizará la Audiencia Oral.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
ADMITE el Recurso de Apelación intentado por el Abogado: DAVID VARGAS, en su carácter de Defensor del ciudadano: GARCÍA FLORES HUGO ESTEBAN, contra la Sentencia Definitiva emanada del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, en fecha 16 de enero de 2.006; mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado CONDENÓ al acusado GARCÍA FLORES HUGO ESTEBAN a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 único aparte, en relación con el artículo 375 ordinal 1° del Código Penal vigente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y notifíquese a las partes.
JUEZ PRESIDENTE
LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ
LA JUEZ
MARINA OJEDA BRICEÑO
LA JUEZ
JOSEFINA MELÉNDEZ VILLEGAS
LA SECRETARIA
IDANIA MELÉNDEZ FIGUEREDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA
IDANIA MELÉNDEZ FIGUEREDO
LAGR/jkcg
Causa N° 6098-06