REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Barlovento, con Sede en Guarenas, Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de CESE DE LA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, dictada por este Juzgado, interpuesta por la defensa pública penal, actuando en su carácter de Defensor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto en el artículo 420, concatenado con el artículo 415 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RUBEN SALCEDO ORTEGA, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese, notifíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
LA JUEZA,

ANA MILENA CHAVARRIA S.
LA SECRETARIA,

YADIRA HENRIQUEZ MACHADO.

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, en la presente decisión.
LA SECRETARIA,

YADIRA HENRIQUEZ MACHADO.



















AMCH/YHM.
Solicitud .
Causa 2C-810-05 / 2S-443-06