REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Quinto de Control de la Extensión Valles del Tuy del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano YORGE ANTONIO PINTO RIVERO, de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; en consecuencia, SE CONDENA a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, todo de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se mantiene la privación judicial de libertad en el Internado Judicial de LOS TEQUES.
TERCERO: Se establece el día 23 de abril de 2009 como fecha provisional de finalización de la condena.
CUARTO: Se imponen al acusado las accesorias previstas en el artículo 16 de Código Penal, a saber:
1.- La inhabilitación Política durante el tiempo de la Condena.
2.- La Sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada esta.
QUINTO: Se ordena la remisión de la causa al Tribunal de Ejecución que conozca por Distribución, vencido el lapso de apelación al cual tiene derecho las partes.
Publíquese, regístrese y remítanse el asunto al juez de Ejecución, en Valles del Tuy a las 02:00 p.m. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR QUINTO DE CONTROL.
ORINOCO FAJARDO LEON
EL SECRETARIO
ABG. Neptalí González.
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2006-217
ASUNTO: MP21-P-2006-217
EXP. FISCAL: 15-F16-H-280-006