REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

DISPOSITIVA

Este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, constituido en forma Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a dictar el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano HECTOR JOSE HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad No V- 11.405.818, de 34 años de edad, natural de Caracas-Distrito Capital, estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Avda. Bolívar, con calle Ricaurte, Conjunto Res. Don Alejandro, Torre C, piso 4, apto N° 43, Municipio Cristóbal Rojas, hijo de Ramón Baez (v) y de Clara María Hernández (v); a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por ser AUTOR responsable de la comisión del delito de: ACTOS LASCIVOS , previsto y sancionado en al Artículo 377 parte in fine en relación con el Artículo 375, en relación con los artículos 77 numerales 8° y 9° todos del Código Penal Vigente para la fecha de la perpetración del hecho punible, delito que fuera ejecutado en contra del ciudadano adolescente ELVIS ALEXANDER AYALA PAGUA; pena que cumplirá del modo que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente. Se acuerda mantener en libertad al Acusado de autos de conformidad con lo establecido en el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, cumpliendo con las medidas que le fueron impuestas por este Juzgado. SEGUNDO: Se condena a las penas accesorias de Ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 16 del Código Penal. TERCERO: Se exonera del pago de costas al condenado, según lo establecido en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. CUARTO: Por cuanto la detención del condenado se materializo en fecha 28 de septiembre de 2003, permaneciendo detenido hasta el 29 de noviembre de 2005, lo cual implica que permaneció detenido dos (02) años, dos (02) meses y un (01) día, y por cuanto este Tribunal lo condeno a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión, correspondería terminar de cumplir la pena como fecha provisional el día 11 de mayo de 2009. QUINTO: Una vez declarada firme la presente sentencia, remítanse las actuaciones al Tribunal de Ejecución correspondiente.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Miranda con sede en Los Valles del Tuy, a los doce (12) días del mes de julio del dos mil seis (2006), dictada en parte dispositiva y publicada en su texto integro en fecha 31 de julio de 2006. Notifíquese a las partes.

LA JUEZ PRIMERA DE JUICIO

DRA. REYNA DAYOUB ELIAS


EL SECRETARIO

ABG. JESUS GAMBOA

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.

EL SECRETARIO

ABG. JESUS GAMBOA

RDE/rde.