REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

RIO CHICO, 19 DE DICIEMBRE DE 2.006
196º y 147º



Visto el escrito de solicitud presentado por el ciudadano ROJAS CRUZ TOMAS, plenamente identificado en autos, donde solicita la homologación del presente expediente por haberse cumplido el pago total de la deuda, por parte del ciudadano FERNANDEZ ALONZO RAFAEL Se acuerda. En consecuencia, este Tribunal le imparte la respectiva Homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Civil, dándose por terminado el presente procedimiento.- Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad remítase al archivo judicial, con sede en Guatire. Cúmplase.-
EL JUEZ,

EMERSON LUIS MORO PEREZ.

LA SECRETARIA,

ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ







ELMP/zcmd/ev
Exp.Consignaciòn Nº 2006-08