JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, trece de Diciembre de dos mil seis.-
196º y 147º
Recibido por Distribución, constante todo de (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la Abogada Carmen Marina Contreras de Carrero, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.388, con el carácter de apoderada de la ciudadana ANA VIRGINIA COLMENARES DE GALVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.628.722, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana ANA VIRGINIA COLMENARES DE GALVIS, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada considera que el nombre correcto de la madre de la solicitante es “ ANA VIRGINIA GARCIA RODRIGUEZ “ y no como aparece erróneamente “ ANA VIRGINIA RODRIGUEZ ”, debe decir que fue presentada por el PADRE y no por la madre. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese a la Prefectura de la Parroquia San Sebastián, Municipio San Cristóbal y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la Partida de Nacimiento N° 776 de fecha 30 de Julio de 1956 perteneciente a la ciudadana ANA VIRGINIA. Expídase copias certificadas.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
Irali Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria Temporal
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