En el día de hoy martes 19 de diciembre de 2006, siendo las 02:30 p.m, es la hora fijada por éste Tribunal para la Prolongación de la Audiencia de Juicio Oral y Pública en el Presente Asunto. Se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. El ciudadano Juez, declaró abierta la Audiencia de Juicio, solicitando a la ciudadana secretaria se sirva informar sobre el asunto de la presente causa y verificar la presencia de las partes. En este estado el ciudadano Secretario anunció el acto a viva voz informó y se encuentran presentes, la demandante, ciudadana ARLINDA BERTA MARIA COLMENARES MONCADA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-4.110.365, y sus Apoderados Judiciales, abogados HIMARA MONCADA PÉREZ y LEONIDAS ALONSO BOSCAN DELGADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 90.860 y 12.233 en su orden. Igualmente, la demandada, ciudadana GLADYS TERESA BARRIENTOS DE HEVIA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad numero V-4.110.362, y su Apoderada Judicial, abogada ROBERTINA VARGAS DE MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.803. Seguidamente el ciudadano Juez, declaró abierta la Audiencia de Juicio, para la continuación de la misma, dándole el derecho de palabra a la Parte Demandada, quien procedió a leer el Acta de Transacción acordada entre las partes intervinientes en el Presente Proceso. Acto seguido las partes hicieron entrega formal del escrito de Transacción de esta misma fecha, con el fin de ser agregada al expediente, junto con copia del cheque N° 00001124, contra BANFOANDES, por la cantidad de Diez Millones de Bolívares (Bs.10.000.000,00) a la orden de la ciudadana ARLINDA BERTA MARIA COLMENARES MONCADA, parte demandante, quien manifiesta recibir a su entera y cabal satisfacción. Seguidamente el ciudadano Juez expuso que visto el escrito de Transacción presentado en esta fecha, suscrito por los ciudadanos: demandada, ciudadana GLADYS TERESA BARRIENTOS DE HEVIA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad numero V-4.110.362, representada por la abogada ROBERTINA VARGAS DE MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.803 y ARLINDA BERTA MARIA COLMENARES MONCADA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-4.110.365, representada por los abogados HIMARA MONCADA PÉREZ y LEONIDAS ALONSO BOSCAN DELGADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 90.860 y 12.233 en su orden. Y de conformidad con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto se observa que con el cobro de los conceptos transigidos se ha dado cumplimiento a lo convenido por las partes, se da por concluido el proceso, ya que la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público. En consecuencia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Y así se decide. Se ordena el archivo definitivo del presente asunto. Es todo, se leyó, terminó y conformes firman.
El Juez Titular de Juicio.
Dr. Walter A. Celis
La Demandante y sus Apoderadas Judiciales.
La Demandada y su Apoderada Judicial.
Secretaria.-
Abg. Freddy Silva.-
WACC/silpa.-
|