REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO



En el día de hoy, jueves siete de diciembre de dos mil seis, siendo las 10:00 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los abogados en ejercicio MAURICIO BERNAL ALVÁREZ y JOSÉ MANUEL RESTREPO CUBILLOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 74.406. y 21.219 respectivamente, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la parte Querellante ciudadano JOSÉ ALBERTO SÁNCHEZ CÁRDENAS, e indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Local para expendio de carnes signado con el N° J-06 Mercado Pequeños Comerciantes, ubicado en la Avenida Parque Exposición, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la RESTITUCIÓN A LA POSESIÓN a favor de JOSÉ ALBERTO SÁNCHEZ CÁRDENAS, medida ésta decretada en el JUICIO que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA se sigue contra el ciudadano: JOSÉ VENANCIO NAVARRO, en el expediente Nº 18.766 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios Policiales JACKSON GAMBOA, placa 2227, CARLOS ANDRÉS PAREDES, placa 0024 y EULIN HUMBERTO RUÍZ, placa 3113 estos dos últimos adscritos a la Brigada de Acciones Especiales (B.A.E.). Se encuentra presente el ciudadano: JOSÉ VENANCIO NAVARRO, titular de la C.I. N° V-1.552.517, en su carácter de Querellado, la Juez lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole igualmente que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado siendo las 10:50 a.m. se hizo presente en este acto el abogado en ejercicio FRANQUIL VICENTE GUERRERO, inscrito en el Inpreabogad bajo el N° 35.338, a fin de prestar asistencia jurídica al Querellado. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual impone al Notificado y Querellado de la presente acción su obligatoriedad de restituir la posesión del Local N° J-06 descrito en la presente acta, a favor de JOSÉ ALBERTO SÁNCHEZ CÁRDENAS, ya identificado debiendo proceder al retiro inmediato de la mercancía existente en el local. Así como la nevera tipo mostrador con su respectiva unidad de enfriamiento. En este estado el Querellado procedió a dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal. Seguidamente el Tribunal restituye en la posesión al Querellante, ya identificado y hace entrega del local objeto de la presente querella libre de personas bienes y cosas, quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:30 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,
ABG. MAURICIO BERNAL ALVÁREZ

ABG. JOSÉ MANUEL RESTREPO C.

EL QUERELLADO Y NOTIFCADO,
JOSÉ VENANCIO NAVARRO

ABG. ASISTENTE,
FRANQUIL VICENTE GUERRERO


LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
JACKSON GAMBOA

CARLOS ANDRÉS PAREDES
EULIN HUMBERTO RUÍZ




LA SECRETARIA,

HAYDEÉ SOCORRO MORENO.