REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-
San Cristóbal, 18 de diciembre de 2006
196º y 147º
Visto el escrito, presentado por la ABOGADA GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS, actuando en el carácter de Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Público, en colaboración en la Fiscalia Novena del Ministerio Público, respectivamente, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de TONI JHON GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:
En fecha 16 de agosto de 2001, funcionarios adscritos a la Dirección de Seguridad y Orden Público (Actual Policía del Estado Táchira), estando en labores de patrullaje preventivo en el mercado cubierto de la Población de la Fría, fue aprehendido el ciudadano Toni Jhon González, por haberse identificado con una copia fotostática de la partida de nacimiento venezolana con los datos filiatorios, presuntamente falsa,…”.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1.- Consta copia fotostática de la partida de nacimiento objeto de la presente causan remitida de la Oficina Principal de Registro público del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano Toni Jhon González.
Ahora bien, de las actas que conforman la presente causa, observa que tal hecho, no puede ser atribuido al imputado en autos, en virtud de que no existen condiciones objetivas en el expediente, a los fines de determinar la realización de cualquier acto, que conforma la comisión del hecho punible, siendo en consecuencia procedente decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así decide.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de TONI JHON GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse la presente causa al Archivo Judicial.-
ABG. JOSE HERNAN OLIVEROS GOMEZ
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDIT CAROLINA SANCHEZ ROCHE
SECRETARIA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Causa N º 1C-1320-01
Exp. Nro 20-F9-1877-01