REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, 08 de Diciembre de 2.006.
196º y 147º
Vistas las comunicaciones Nº 267-06 de fecha 23/11/2006 y Nº 263-06 de fecha 31/10/2006, emanadas de la Oficina de Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad del Municipio Tomas Lander, Ocumare del Tuy del Estado Miranda, mediante la cual informan a este Tribunal que el jóvenes adultos, IDENTIFICACIÓN OMITIDA, dio inicio al cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, el día 21/11/2006 y IDENTIFICACIÓN OMITIDA dio inicio al cumplimiento de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, el día 19/10/2006 y de REGLAS DE CONDUCTA, el día 24/10/2006; este Tribunal mediante auto de fecha 05-12-06, ordeno realizar el computo respectivo de las Medidas impuestas a los sancionados, en consecuencia se observa:
Que el joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, inicio el cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, a partir del día 21-11-06, hasta el día de hoy 08-12-06, han transcurrido DIECIOCHO (18) DIAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por un lapso de tiempo de DOS (02) AÑOS, se observa que le falta por cumplir el tiempo de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y DOCE (12) DIAS, medida que culminará el día 21/11/2008, En cuanto a la medida de REGLAS DE CONDUCTA, no consta el inicio del cumplimiento de la misma, por lo que este Tribunal realizará el cómputo, una vez el joven adulto acredite el cumplimiento de dicha sanción. En relación al joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, se observa que dio inicio al cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, a partir del día 19-10-06 hasta el día de hoy 08-12-06, han transcurrido UN (01) MES Y DIECINUEVE (19) DIAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por un lapso de tiempo de DOS (02) AÑOS, se observa que le falta por cumplir el tiempo de UN (01) AÑO, DIES (10) MESES Y ONCE (11) DIAS, medida --ue culminará el día 19/10/2008, igualmente se observa, que el prenombrado joven adulto dio inicio al cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, a partir del día 24-10-06, según constancia de estudios, emanada de la U.E.A.P. “Santiago Key Ayala”, suscrita por el director Profesor ROMAN ANDUJAR, hasta el día de hoy 08-12-06; han transcurrido UN (01) MES Y CATORCE (14) DIAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por un lapso de tiempo de DOS (02) AÑOS, se observa que le falta por cumplir el tiempo de UN (01) AÑO, DIES (10) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, medida que culminará el día 24/10/2008.
En relación al joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.489.459., observa este Tribunal; que al folio 272 de la VI pieza, corre inserta copia fotostática de Control de citas, del Servicio de Libertad Asistida, del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, copia esta que no acredita la veracidad del cumplimiento de la sanción impuesta en su contra, como lo son las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA.
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los jóvenes sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que les asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En consecuencia se acuerdan fijar el Acto de Imposición de Cómputos, en contra de los sancionados IDENTIFICACIÓN OMITIDA, y en relación al sancionado IDENTIFICACIÓN OMITIDA, el Acto de Verificación de cumplimiento de las Medidas que le fueron impuestas para el día miércoles siete (07) de Febrero de dos mil siete (2007), a las diez (10:00 a.m.) de la mañana. Notifíquese a las partes. Líbrense las correspondientes boletas de notificaciones y citación. CÚMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. AMARILYS DEL R. VELAZCO J.
EL SECRETARIO
DR. CARLOS IZARRA DIAZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
DR. CARLOS IZARRA DIAZ.
ACT/ 1E-417-05
ARVG/CAID