REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecido en el Artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, SUSTITUYE POR CAUCIÓN JURATORIA la medida cautelar sustitutiva contemplada en el Artículo 256 ordinal 8° eiusdem, otorgándole al imputado LUIS MIGUEL MADERA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.671.696, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el Artículo 39 ordinal 5° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.


Regístrese, publíquese y notifíquese. Librese Boleta de Excarcelación.


LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,


ABG. ROSA DI LORETO CASADO

LA SECRETARIA,


ABG. SOLBEYS BELOUCHE


En esta misma oportunidad se dio cumplimiento a lo acordado.



LA SECRETARIA,


ABG. SOLBEYS BELOUCHE











Exp. 2C-936-06.
RDL.