REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Quinto de Control de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda la remisión de la presente causa al Ministerio Público como Órgano receptor de la denuncia y titular de la acción penal a los fines de que determine la existencia o no de conciliación entre la partes y la necesidad de celebrar en sede judicial la referida audiencia o su tramitación por vía abreviada, en mérito la inasistencia de las partes a los actos que le han sido fijados para tales fines, en consecuencia se deja sin efecto la fijación de la audiencia acordada en fecha 9-11-2006 para el 10-01-2007.
Publíquese, regístrese y remítanse el asunto a la Fiscalía de origen; Se hacen dos ejemplares de un mismo tenor y a los fines de ser agregados a la causa principal y al Copiador de Autos llevados por el Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR QUINTO DE CONTROL.
ORINOCO FAJARDO LEON
EL SECRETARIO
ABG. NEPTALÍ GONZALEZ
En esta misa fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia que antecede.
EL SECRETARIO
ABG. NEPTALI GONZALEZ.
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2006-302
ASUNTO: MP21-P-2006-302
Exp. Fiscal: 15-F07-0084-06-F