REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA (1ra) INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO.
Guatire, 14 DE Diciembre de 2006.-
Año. 195º y 147º


Vistas la diligencia inserta al folio ciento veintitrés (123) suscrita por la adolescente MARIA DEL CARMEN COLLAZO PARRA, titular de la cédula de identidad N° V- 18.955.761, en la cual solicita de este Despacho Judicial Autorización Judicial Suficiente para continuar disfrutando del beneficio de la Pensión de Sobreviviente que le otorga la Empresa Venezolana de Televisión C.A y el Instituto Venezolano de Los Seguros Sociales (I.V.S.S), motivado al fallecimiento de su padre, el ciudadano BLAS ABRAHAM COLLAZO MATA, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V- 3.820.097, por cuanto la misma, está cursando estudios en la Universidad Santa Maria, (USM), en el primer (1er) semestre de Derecho, según se desprende de constancia de estudios emanada por la Institución antes identificada, cursante al folio N° ciento veinticuatro (124), en virtud de que por la naturaleza de la misma le impide realizar trabajos remunerados. En consecuencia, esta JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA (1RA) INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUFICIENTE, a la adolescente NOMBRE SUPRIMIDO, titular de la cédula de identidad N° V- 18.955.761, para que pueda seguir disfrutando del beneficio de cobro de la Pensión de Sobreviviente antes especificada, por aplicación analógica a lo previsto en el literal “b” del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por último, líbrese oficio a la Empresa Venezolana de Televisión C.A y al Instituto Venezolano de Los Seguros Sociales (I.V.S.S), a los fines de comunicarle lo acordado por este Despacho Judicial en esta misma fecha.- Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TITULAR.-

DRA. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS.-

LA SECRETARIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA





LMDC/JLP/Jesús Diaz.-
EXP N° S- 02*631.-