REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO


Guatire, 21 de Diciembre de 2006

196° Y 147°
PREVIA HABILITACIÓN DEL TIEMPO NECESARIO
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Vistas las actuaciones anteriores contentivas de la Solicitud de nombramiento de CURADOR AD-HOC presentada por el ciudadano JOSE ALEJANDRO ORANTES FRIAS, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 14.667.708, habiéndose llenado todos los extremos de Ley, esta Juez Unipersonal Nº 1, Dra. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS de esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento con Sede en Guatire, Discierne el Cargo de Curador Ad Hoc del niño NOMBRE SUPRIMIDO, en la persona de la ciudadana: LILIA PATRICIA HERNANDEZ SALDIVAR, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 6.266.326, de conformidad a lo establecido en el artículo 110 del Código Civil. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa ha alcanzado su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo. Cúmplase-
LA JUEZ


DRA. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS.-



LA SECRETARIA


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA








EXP. N° S-06/3411
LMdeC/ Jesús D