En el día de hoy, trece de enero de dos mil seis (13.01.06), siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de llevar a la practica la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Trànsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 01.12.2005,con ocasión del juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoara el Abogado en ejercicio PETER PAOLO SÁNCHEZ S. contra los ciudadanos CARLOS ENRIQUE GOMEZ SALAS y ANA HERNÁNDEZ de GOMEZ, se trasladò y constituyò el Tribunal a petición de la parte accionante en la Calle 7, de la segunda etapa, primera sección de la Urbanización Parque Retiro. Una vez en el sitio la parte ejecutante Abogado SÁNCHEZ S. PETER P., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 54.815, procedio a señalar como bien objeto del embargo ejecutivo el inmueble identificado como Quinta “GRAN PAPA”, bienhecurìas constituido por una vivienda de dos plantas, situada en una parcela de terreno distinguida con el número H-3/1, de la Segunda Etapa Primera Sección, de la Urbanización, Parque El Retiro, ubicada a dos (2) kilómetros de la Urbanización Los Castores, sobre la Carretera San Antonio de Los Altos, San Diego de Los Altos, del Distrito Los Salias, antes Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda la cual tiene una superficie aproximada de Novecientos Treinta y Seis Metros cuadrados (936,00m2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: linda por el Noreste: con la Parcela H-3/2, en una línea recta con una distancia de Sesenta Metros (60,00mts); linda por el Noroeste: con la Parcela de uso Educacional en una línea recta con una distancia de veintiún Metros (21,00mts); linda por el Sureste: con la Calle Siete (7) en una línea recta con una distancia de dieciséis (16,00mts); linda por el Suroeste: con la Parcela H-2/4 en una línea recta con una distancia de cincuenta y un Metros (51,00mts) con zonificacion Unifamiliar . El inmueble pertenece a la parte demandada según se evidencia de documento registrado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha 28.11.1991, bajo el N° 31, Protocolo 1°, Tomo 8. Acto continuo se procedio a realizar repetidos toques en la puerta del inmueble señalado por la parte actora, siendo verificado sus medidas y linderos por el ciudadano FLORENCIO ACEVEDO, venezolano, titular de la cèdula de identidad No. 10.345.534, a quien se le designò a solicitud de la parte actora y estando presente acepto el cargo y prestò el juramento de ley. En este estado el perito avaluador expone: “Tomando en cuenta la ubicación, metraje del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, asì como las bienhechurìas en el construidas estimo prudencialmente el valor del mismo en la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES
(Bs. 450.000.000,00)”. Acto continuo el Tribunal de conformidad con lo establecido en el
artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, procede a embargar el bien inmueble que se describe a continuación: “una parcela de terreno distinguida con el número H-3/1, de la Segunda Etapa Primera Sección, de la Urbanización, Parque El Retiro, y las bienhechurìas sobre el construidas, ubicada a dos (2) kilómetros de la Urbanización Los Castores, sobre la Carretera San Antonio de Los Altos, San Diego de Los Altos, del Distrito Los Salias, antes Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda la cual tiene una superficie aproximada de Novecientos Treinta y Seis Metros cuadrados (936,00m2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: linda por el Noreste: con la Parcela H-3/2, en una línea recta con una distancia de Sesenta Metros (60,00mts); linda por el Noroeste: con la Parcela de uso Educacional en una línea recta con una distancia de veintiún Metros (21,00mts); linda por el Sureste: con la Calle Siete (7) en una línea recta con una distancia de dieciséis (16,00mts); linda por el Suroeste: con la Parcela H-2/4 en una línea recta con una distancia de cincuenta y un Metros (51,00mts) con zonificacion Unifamiliar . El inmueble pertenece a la parte demandada según se evidencia de documento registrado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha 28.11.1991, bajo el N° 31, Protocolo 1°, Tomo 8”, hasta cubrir la cantidad total de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UN BOLIVAR CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.254.602.631,58), que comprende el doble de la cantidad demandada màs las costas procesales. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano GERARDO MATA, venezolano, titular de la cèdula de identidad No.11.679.912, en representación judicial de la Depositaria Judicial FM, C.A. y quien encontrándose presente en dicho acto aceptò el cargo y prestò el juramento de ley, procediendo de seguidas a ejercerlo y efectuándose la desposesión jurídica del mismo. En este estado el Apoderado Judicial de la parte ejecutante expone: “Solicito al Tribunal de la causa que de conformidad con el artículo 535 del Código de Procedimiento Civil, se sirva oficiar lo conducente a la Oficina Subalterna de Registro que corresponda del Estado Miranda. Asìmismo solicito que una vez cumplida la presente comisión sea devuelta a su Tribunal de origen junto con las resultas. Es todo”. Acto seguido, el Tribunal procede a fijar en la puerta del inmueble el cartel de notificación de la medida que se ha ejecutado y deja constancia que en el inmueble se encontraba una señora quien manifestò trabajar como servicio por dìa en el lugar, informando que le presta servicio a un Abogado de nombre FREDY PEREZ. Se deja constancia que estuvo presente una comisión policial integrada por funcionarios adscritos a la Policía Municipal de los Salias. En este estado y siendo la una de la tarde (1:00 p.m.) el tribunal declara cumplida su misión y ordena el regreso a su
sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SONIA DE LUCA R.
LA PARTE EJECUTANTE,
EL PERITO,
EL DEPOSITARIO JUDICIAL
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
LA SECRETARIA,
CARMEN CECILIA ABREU
Comisión No.1949-05
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