REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 20 de Enero de 2006
195° y 146°

Visto el escrito presentado por la Abogada Gioconda Beatriz Cruzado Navas, en su carácter de Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:

Corre inserto al folio 03, Denuncia, de fecha 11 de diciembre de 2000, se hizo presente ante el Despacho del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, el ciudadano Tarazona Moreno Luis José, en el cual interpuso una denuncia en contra del ciudadano Geovan Ramón Manjares Cardozo, manifestando entre otras cosas, que el día 18 de noviembre, lo lesionó por la cabeza, donde le agarraron quince puntos.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Corre inserto al folio 04, Informe Médico Forense Nro. 9700-078-0959, de fecha 05 de diciembre de 2000, suscrito por el Médico Forense Dr. Ezequiel Chacon Camargo, practicado al ciudadano Tarazona Moreno Luis José.

2.- Corre inserto al folio 05, Acta Policial, de fecha 11 de diciembre de 2000, suscrita por el funcionario Genofontes Velazco, adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

3.- Corre inserto al folio 06, Acta de Inspección Ocular Nro. 1668, de fecha 11 de diciembre de 2000, suscrita por los funcionarios Genofontes Velazco y Renato Segundo Medina, adscritos al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

4.- Corre inserto al folio 07, Acta Policial de fecha 18 de diciembre de 2000, suscrita por el Funcionario Camperos Bueno Jorguery Francois, adscrito al Cuerpo Técnico de Policía.

Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 19 de noviembre de 2000 de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS, DOS (02) MESES; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5°, del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, venezolano fecha de nacimiento 11 de febrero de 1957, Residenciado en: La Vereda 7, Casa Nro. 7-65, Barrio el Arrecostón, La Fría Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), y en consecuencia LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-



ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00






















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 20 de Enero de 2006
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ABG. Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE.

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________



PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ABG. Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE.

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00

“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 20 de Enero de 2006
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE, Residenciado en: Barrio el Arrecostón, vereda 38, casa Nro. 8, La Fría Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE.

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE.

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00



“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 20 de Enero de 2006
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, Residenciado en: La Vereda 7, Casa Nro. 7-65, Barrio el Arrecostón, La Fría Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE.

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano GEOVAN RAMON MANJARES CARDOZO, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 417 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano TARAZONA MORENO LUIS JOSE.

CAUSA N º 2C-6317-05
EXPEDIENTE Nº 20-F9-2396-00

“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”