REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARAR SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Profesional del derecho LUIS CESAR RUBIO, actuando en su carácter de Defensor Público Penal del imputado TORREALBA GONZALEZ JOSE RAFAEL, nacionalidad: Venezolana, natural de Caracas, portador de la cédula de identidad N° 10.363.524 (suministrándola físicamente), nacido en fecha 17-08-67, de 38 años de edad, de profesión u oficio: obrero, actualmente desempleado, efectúa cualquier labor, estado civil soltero, Residenciado: Avenida Víctor Batista, vía al paso al frente del bodegón, entra al padre cabrera y hay unas casa, casa 3, de color amarillo y rejas verdes, Los Teques, Estado Miranda, nombre de sus padres: Carmen González (f) y Braulio Torrealba (f), Teléfono: 0416-4054855 esposa de un primo Amalia Ascanio, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido que se sustituya la privación judicial preventiva de libertad decretada a su defendido, por una menos gravosa y NIEGA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR UNA MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 244 y 264, ejusdem, en concordancia con lo previsto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 250, 251 numeral 2, 3 y parágrafo primero y artículo 252 ibídem, en relación con lo dispuesto en el artículo 13 de la Norma Adjetiva Penal Vigente.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
LA JUEZ,
ABG. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. VALENTINA ZABALA.
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se registró y publicó la anterior decisión, y se libraron las correspondientes Notificaciones al Defensor Público Penal, al Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Boleta de Citación a la víctima y Boleta de Traslado a nombre del imputado.
LA SECRETARIA,
ABG. VALENTINA ZABALA
ACT. Nro. 4C-658-05
JJTV/vzv.*