REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, once de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: MP21-P-2003-001453
Visto el escrito interpuesto por la profesional del derecho Dra. TATIANA SARMIENTO, en su calidad de defensora público penal del ciudadano MACARIO JESUS PEREDA, ampliamente identificado en la presente causa; mediante el cual solicita a este Tribunal, la revisión del periodo de las presentaciones de su defendido y la extensión del mismo.
Este Tribunal para decidir observa:
En fecha 17 de febrero de 2005, el Juzgado Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial Sede y Extensión impone al ciudadano MACARIO JESUS PEREDA, identificado con Cédula de Identidad N ° V- 14.838.047, medida cautelar sustitutiva de libertad, establecida en el artículo 256 ordinales 2°, 3° y 4°, del Código Orgánico Procesal Penal; ordinal 3, presentación ante la oficina de alguacilazgo cada ocho (08) días, la cual tiene vigencia desde el 01 de enero de 2004, pero en virtud de que el ciudadano cumplió con los requisitos exigidos, una vez que se le rebajaron las unidades tributarias y pudo salir en libertad en el mes de febrero de 2005.
Ahora bien, de la revisión de la presente causa, observa esta Juzgadora, que el acusado MACARIO JESUS PEREDA, se ha venido presentando consecutivamente desde el mes de febrero de 2005, hasta la fecha, tal y como consta en el libro de presentaciones llevado ante la oficina del alguacilazgo; este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es acordar que se extienda el periodo de presentaciones una vez al mes, al ciudadano MACARIO JESUS PEREDA; en virtud de lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.-
DECISIÓN
Con fuerza en la motivación precedente este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda que se extienda el periodo de presentaciones una vez al mes, al ciudadano MACARIO JESUS PEREDA; Titular de la Cédula de Identidad N ° V-14.838.047, impuesto por este Juzgado Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial Sede y Extensión; en virtud de garantizarle el derecho al trabajo establecido en nuestra Carta Magna y de conformidad con en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. REYNA DAYOUB ELIAS
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.
LA SECRETARIA
RDE/YG