República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial



En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2

Los Teques, 19 de Enero del 2006
195º y 146º

“Vistos”

Las actuaciones que anteceden, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, evacuadas las testimoniales de los ciudadanos PUMERO CARBALLO EPIFANIA JOSEFINA, de nacionalidad venezolana, de veinte y cinco (25) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V- 12.918.007, PALUMBO CASTOR EMILIO, de nacionalidad venezolana, de Cuarenta (40) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V- 11.409.065, y PALUMBO CASTOR EMILIO, de nacionalidad venezolana, de Treinta y Tres (33) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V-11.040.599, los cuales manifestaron conocer al solicitante asegurando que es cierto todo lo expuesto en el libelo, sin perjuicios de terceros, de igual o mejor derecho, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus, HUMBERTO BLANCO ARIZA, ex titular de la cédula de identidad N° E- 81.812.933, a sus hijos el niño: ISAAC HUMBERTO BLANCO ARGRINZONES, de seis (06) años de edad y CARLOS ALBERTO BLANCO MOSQUEDA, de veinte y un años de edad respectivamente. Devuélvase todo lo actuado, incluyendo la solicitud.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado por ésta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo. Cúmplase.-
EL JUEZ

Dr. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA

Abg. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN



Motivo: Declaración de Únicos y Universales Herederos
Expediente Nº S - 4714
RO/BCG/ggf.-