REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO

Guatire, 10 de ENERO del año 2006.-
195° y 146°



Vista la s todas y cada una de las actas que conforman el presente expediente, y observándose, que no basta para que el proceso concluya en su fin natural, solamente con la interposición de la solicitud, sino que las partes o los interesados deben mantener activo el expediente mediante actuaciones efectuadas, y siendo el presente procedimiento de Asunto No Contencioso, en el cual el Juez debe obrar con conocimiento de causa, no habiendo el interesado efectuado ningún acto que ponga fin a lo solicitado, no compareciendo a dar cumplimiento con los requisitos exigidos en el auto de fecha 28 de FEBRERO del 2005, es por tal motivo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.- Extensión Barlovento, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CIERRE DEL PRESENTE EXPEDIENTE y su remisión al Depósito de Archivo Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.- Cúmplase.-
LA JUEZ



DRA. AIDA A. LEON DE OBADIA



EL SECRETARIO


ABG. LEONARD VIELMA TORO





EXP. N° S-05/1354
ALO/JLP/Jheyddy