REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE





SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA (1RA) INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO.
Guatire, 13 de Enero del año 2006.-
Año. 195º y 146º



Vista la solicitud de Curatela interpuesta por la ciudadana MARÍA YORAIMA VÁZQUEZ DÍAZ, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 14.869.041, y la aceptación de la ciudadana SULAY COROMOTO MÉNDEZ, titular de la C.I. Nº V- 10.824.380; ésta Sala de Juicio del Tribunal de Primera (1ra) Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 110 del código civil, le DISCIERNE el cargo de Curador Ad Hoc, de la adolescente y los niños MARÍA FRANCISCA VÁZQUEZ, HERBER DANIEL VÁZQUEZ e IVÁN JOSÉ HERNÁNDEZ VÁZQUEZ, de doce (12), cuatro (04) y nueve (09) años de edad, respectivamente, a la ciudadana SULAY COROMOTO MÉNDEZ, titular de la C.I. Nº V- 10.824.380, antes identificada.- Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TITULAR.-

DRA. LETICIA MORILLO DE CÁRDENAS.-


EL SECRETARIO TEMPORAL.-

ABOG. LEONARD ALEJANDRO VIELMA TORO.-


CURATELA.-
LMDC/LAVT/Jean Carlos Orozco.-
EXP N° S- 05*1745.-