REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO JUEZ UNIPERSONAL N° 02

Guatire, 25 de enero del 2006
195° y 146°

Visto el anterior escrito de Convenimiento de Régimen de Visitas, presentado por ante la Unidad de Defensa Pública Sistema de Protección de esta Circunscripción Judicial, por los ciudadanos JOSÉ CASTILLO y MELIDA BAEZ ROMERO titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.692.893 y 13.979.631 respectivamente en su carácter de padres de los niños EMILIO JOSÉ y ADILEM NAZARETH mediante la cual solicitan la Homologación del Acta Convenio de REGIMEN DE VISITAS suscrita por los antes mencionados, se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley. Notifíquese al Fiscal 13 del ministerio Público. Asimismo visto el convenimiento efectuado entre los ciudadanos JOSÉ CASTILLO y MELIDA BAEZ ROMERO titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.692.893 y 13.979.631 respectivamente, este Tribunal le imparte su aprobación en los mismos términos y condiciones establecidos por las partes en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR dicho convenimiento en todas y cada una de sus partes conforme a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los términos siguientes: PRIMERO: Los padres tndran un Régimen de visitas de la siguiente manera: 1 fin de semana cada uno, el padre desde el sábado a las 9 am hasta el doimingo a las 7 pm. SEGUNDO: Los niños pasaran desde desde el día viernes 30 hasta el lunes 02 de enero de 2006 con el papa, TERCERO: en lo que respecta a las vacaciones escolares, carnaval y semana santa los profgenitores decidirán de mutuo acuerdo, que se regularizará el tiempo y la fecha que los niños compartiran con cada uno de ellos Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02


DRA. AÍDA LEÓN DE OBADÍA

EL SECRETARIO


ABG. LEONARD VIELMA TORO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal EL SECRETARIO


ABG. LEONARD VIELMA TORO
Exp. N° 06/7146
ALO/JLP/Jheyddy.-
Hom. de Reg. de Visitas