REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES


Por cuanto ha transcurrido el término que fuere acordado por las partes, desde el 1° de diciembre de 2005, hasta el 13 de enero de 2006 (inclusive), para la suspensión del juicio; este Tribunal ordena la reanudación de la causa.