REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES



LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 146º
SOLICITANTE: YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad y de este domicilio.

ABOGADA ASISTENTE: BELKIS BARBELLA INFANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 24.932.

EXPEDIENTE: Nº 14597
MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

CAPITULO I
NARRATIVA

En fecha 01 de julio del 2004, se recibió por el sistema de distribución de causas, solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad y de este domicilio asistida por la abogada BELKIS BARBELLA INFANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 24.932, quien manifestó que no existe el asiento de su partida de nacimiento en los Registros Civiles correspondientes, como se evidencia de las constancias expedida por la Prefectura del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda y de la Oficina de Registro Público del Estado Miranda, y se acompaña en dicha solicitud. Que nació el día 21 de octubre de 1981, en Los Teques, Estado Miranda, en el antiguo Hospital Policlínico de Los Teques, que ha disfrutado de la posesión de estado como hija de la ciudadana ISABEL CRISTINA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.154.228, domiciliada en la Calle Real de La Mata, Nº 14, Los Teques, Estado Miranda.
En fecha 20 de julio de 2004, mediante auto este Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 27 de julio de 2004, se libró Boleta de Notificación a la Fiscal Undécima del Ministerio Público.
En fecha 17 de agosto de 2004, el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal del Ministerio Público, en fecha 28 de julio de 2004.
En fecha 17 de agosto de 2004, la Fiscal del Ministerio Público, mediante diligencia solicitó sea oficiado al Hospital Victorino Santaella, antiguo Hospital Policlínico de Los Teques, a fin de que remitan copia certificada de la Tarjeta de Nacimiento de la niña nacida en fecha 21 de octubre de 1981, hija de la ciudadana ISABEL CRISTINA BUSTAMANTE, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.154.228.
En fecha 24 de agosto de 2004, el Tribunal libró oficio al Hospital Victorino Santaella solicitando sea remitida copia certificada de la Tarjeta de Nacimiento de la niña nacida en fecha 21 de octubre de 1981, hija de la ciudadana ISABEL CRISTINA BUSTAMANTE, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.154.228.
En fecha 16 de septiembre de 2004, el Alguacil del Tribunal consignó copia del oficio recibido por la dependencia respectiva.
En fecha 21 de septiembre de 2004, el Tribunal agrega a los autos constancia en copia certificada emanada del Hospital Victorino Santaellas, mediante la cual informan que en sus archivos no reposan datos de nacimiento de la niña, ya que estos datos se encuentran en archivo muerto por pertenecer al antiguo Hospital Policlínico de Los Teques.
En fecha 07 de octubre de 2004, la abogada NELIDA VILLORIA, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público, solicitó sea tramitada la solicitud por procedimiento ordinario.
En fecha 14 de octubre de 2004, el Tribunal libró edicto de conformidad con lo establecido en el articulo 770 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 25 de mayo de 2005, la ciudadana YEXENIA BUSTAMANTE, asistida de abogado consignó edicto publicado en el diario El Nacional.
En fecha 10 de junio de 2005, el Tribunal ordenó la citación de la Fiscal Undécima del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 15 de junio de 2005, el Alguacil Accidental consignó boleta de citación recibida por la representación fiscal.
En fecha 11 de julio de 2005, la abogada NEREIDA CORDOVA, Fiscal Auxiliar Undécimo del Ministerio Público, mediante la cual solicitó computo de los días de despacho transcurridos desde el 14 de junio de 2005 hasta el 11 de julio de 2005.
En fecha 13 de julio de 2005, el Tribunal practicó cómputo solicitado.
En fecha 27 de julio de 2005, la ciudadana YEXENIA BUSTAMANTE, asistida de abogada presentó escrito de pruebas.
En fecha 20 de septiembre de 2005, el Tribunal admitió el escrito de pruebas y a los fines de la evacuación de las pruebas comisionó al Juzgado Distribuidor del Municipio Guaicaipuro de esta misma Circunscripción Judicial.
En fecha 31 de octubre de 2005, el Tribunal agregó las resultas de comisión procedente del Juzgado Segundo del Municipio Guaicaipuro de esta misma Circunscripción Judicial, Con sede en San Diego de Los Altos, debidamente cumplida.

CAPITULO II
MOTIVA

Planteada la controversia en la forma en que ha quedado expuesta, y visto que los hechos alegados por la solicitante para fundamentar su solicitud mediante la carga probatoria de la solicitante, y al analizarse las pruebas aportadas por éste, se encuentra el Tribunal que los testigos promovidos y evacuados, ciudadanos: ALBERTO BONIFACIO CRUZ CARRASQUEL Y PEDRO CLAVIJO, manifestaron que conocían a la ciudadana YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE, nació en el Hospital Policlínico de esta ciudad de Los Teques, el día 21 de octubre de 1981. Que le consta que la ciudadana ISABEL CRISTINA BUSTAMANTE es la madre de YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE por que la acompañaron al Hospital que dio a luz. Al respecto este Tribunal observa que: siendo estas declaraciones serias, convincentes y sin contradicciones; dichos testigos merecen la confianza del Tribunal, por lo que sus deposiciones son apreciadas de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil; configurándose con ésta prueba, y junto con las probanzas aportadas en autos, la omisión denunciada se evidencia que la ciudadana ISABEL CRISTINA BUSTAMANTE, es la madre de la ciudadana YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en LOS TEQUES, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declarará CON LUGAR la INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE, anteriormente identificada. Así se decide.

CAPITULO III
DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 768 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento de la ciudadana: YEXENIA CRISTINA BUSTAMANTE, quien nació en fecha 21 de octubre de 1981, en el Hospital Policlínico de Los Teques, del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, hija de la ciudadana ISABEL CRISTINA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.154.228. Se ordena al ciudadano Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR la presente sentencia, en los libros de Registro Civil de Nacimientos de conformidad con el artículo 506 del Código de Civil; así como al Director de Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda; para lo cual se ordena librar los correspondientes oficios anexándosele copia certificada de la presente decisión a los despachos respectivos.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas, y remítanse junto con oficios a los despachos respectivos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil y del transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los seis (06) días del mes de febrero de dos mil seis (2006).- Año 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de ley, siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MJFT/Damelis
EXP. N° 14597