JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Siete de Febrero de 2006.

195° y 146°

Vista la diligencia suscrita por el abogado GERÓNIMO ANDRÉS DOMÍNGUEZ GUILLÉN con el carácter acreditado en autos, en fecha 06 de febrero de 2006, en la que desistió de la presente apelación, por cuanto el expediente en el Tribunal de la causa se encuentra en estado de Sentencia, solicitando sea homologado el desistimiento y se remitan las actuaciones al Tribunal de la causa, y siendo que el recurso de apelación es lo que lleva el asunto al conocimiento del Superior, al desistir el apelante, la Alzada pierde la materia para conocer del mencionado recurso, en consecuencia, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, efectuado por el abogado GERÓNIMO ANDRÉS DOMÍNGUEZ GUILLÉN, actuando por sus propios derechos e intereses, en fecha 6 de febrero de 2006, para con la apelación interpuesta en fecha 28 de septiembre de 2005, contra el auto dictado en fecha 23 de septiembre de 2005 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y devuélvase de inmediato el expediente.

El Juez Titular



Abg. MIGUEL JOSÉ BELMONTE LOZADA

La Secretaria


MARÍA EUGENIA ZAMBRANO,

En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las de la mañana, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se devolvió el expediente con oficio N° al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Circunscripción Judicial, constante de cuarenta y cuatro (44) folios útiles, quedando anotada su salida en el libro respectivo.