REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICION DE SUSTANCIACION,
MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
AÑOS 194 Y 145
ASUNTO: 5384
PARTE ACTORA: JOSE ORFILIO ZAMBRANO SALCEDO
APODERADOS JUDICIALES: LUIS ANTONIO COLMENARES GARCIA Y DALILA DEL VALLE DE CAIRES JIMENEZ
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL SERENOS HERNANDEZ C.A.
APODERADO JUDICIAL: BRAULIO CESAR SANCHEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES
En el día de hoy, O2 de febrero de 2006, a las 3:00 de la tarde, se hizo presente en la sede del Tribunal por la parte actora el ciudadano JOSE ORFILIO ZAMBRANO SALCEDO, identificado con la cédula Nro.5.671.286, asistido por la abogada DALILA DEL VALLE DE CAIRES JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.876 y por la parte demandada SERENOS HERNANDEZ C.A. su Vicepresidenta Ingrid Coromoto Hernández, identificada con la cédula Nro.6.859.146 asistida por el abogado BRAULIO CESAR SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.38.640, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrrece a la parte actora como monto único para cancelar los montos demandados, acordados e indexados la suma de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (BS.12.000.000,OO) de la siguiente manera: 1.-) Bs.Cuatro millones de bolívares para el 15 de febrero de 2006. 2.) la cantidad de dos millones quinientos mil bolívares para el 15 de marzo de 2006. 3.) la cantidad de dos millones quinientos mil bolívares para el 15 de abril de 2006. 4.) la cantidad de tres millones de bolívares para el 15 de mayo de 2006, pagaderos en el Tribunal a las once de la mañana. Por su lado la parte actora acepta la propuesta, declara que cumplida la obligación en los términos planteados no tiene nada más que reclamar por la relación laboral. El Tribunal visto el acuerdo efectuado entre las partes LO HOMOLOGA y ordena no archivar el expediente hasta tanto se cumpla con el pago de la última de las cuotas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas.
Juez Abog. Nory Gotera Bravo.
Secretaria
Parte demandante, Parte demandada,
|