REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, veintitrés de febrero de dos mil seis.-
195° y 147º
Visto el convenimiento, celebrado por ante este Despacho, en el expediente N° 1.483-04, por Aumento de Obligación alimentaria, entre los ciudadanos ROSELIANO JOSÉ DUARTE VALDERRAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.314.008, y YUDITH HERNÁNDEZ PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-6.259.615, a favor de la niña (Se omite el nombre) y el niño(Se omite el nombre), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese al Jefe de Personal de la Policía del Estado Táchira a fin de informar el monto a descontar del sueldo mensual devengado por el obligado. Asimismo, se acuerda expedir la copia certifica del folio cuarenta (40), para lo cual se autoriza suficientemente al Alguacil. Líbrese oficio y boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
El Secretario,
Abg. Livio Martínez Gutiérrez.
En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio al Comando de Personal de la Policía del Estado Táchira bajo el N° 3130-166.-
El Srio.,
Exp.1.483-04
23/02/2006
PAGP/ranlynt