REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ordena el Procedimiento por la Vía Ordinaria, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN, para el ciudadano RONDON PRADO NERIO, titular de la cédula de identidad N° V-6.038.409. CUMPLASE.
EL JUEZ


DR. MIGUEL JOSE VILLARROEL

LA SECRETARIA

ABG. EDERLIN PEREZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-




LA SECRETARIA


ABG. EDERLIN PEREZ






ACT. N° 1C-02041-06
MJV