REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
Este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal: este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda (Extensión Barlovento), administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad que le confiere la ley ACUERDA REVISAR la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano LUWIN LANDAEZ JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° 14.098.492, e impone la Medida Cautelar contenida en el artículo 256 numerales 3° presentación cada treinta (30) días por ante éste Tribunal Segundo en función de Control, numeral 4, no podrá salir de la circunscripción judicial del Estado Miranda y Área Metropolitana sin la autorización del Tribunal, todo de conformidad a lo previsto en los artículos 263 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal y ASI SE DECIDE. Líbrese Boleta de Citación al ciudadano a los fines de que comparezca a imponerse de las condiciones impuestas. Igualmente notifíquese al mismo de su obligación de comparecer al acto de la Audiencia Preliminar, Notifíquese a las partes, diarícese, regístrese, publíquese.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. ELIADEMARGARITA ISTURIZ P.
LA SECRETARIA
ABG. KARLA SANTIN
ACT. 2C-3610-00