REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN GUATÍRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guarenas, 01 de febrero del año dos mil seis (2006)
195º y 146º
CAUSA. N º 1E-417-05
Adolescente: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSORA: DRA. CAROLINA PARRA.
VICTIMA: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS.
DELITO: ABUSO SEXUAL CON ADOLESCENTE Y PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
Por cuanto en fecha 03-08-05, se le impuso al Joven Adulto: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, la Medida de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta y en vista que ha pasado poco tiempo de la Medida impuesta, procede este Tribunal a la Revisión de la Medida, de conformidad con lo previsto en el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
De todo lo anteriormente se evidencia que lo ajustado a este caso es mantener la Medida de Libertad e Imposición de Reglas de Conducta, a objeto que el Joven logre alcanzar el máximo de madurez necesaria, logre superar las dificultades que se le puedan presentar, para de esta manera lograr reinsertarlo a la sociedad, siendo este el norte de nuestra Ley especial como lo es, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente; es por lo que este Juzgado de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ORDENA: No modificar ni Sustituir la Medida Impuesta al Adolescente: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, a tenor de la atribución contenida en el Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia que la ordena. ASÍ SE DECIDE.-. Notifíquese a las partes.-
EL JUEZ DE EJECUCION,
DR. WILFREDO VARGAS SERRANO.
EL SECRETARIO,
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,
Exp. Nº 1E-417-05.
WVS/mj.