REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
ACTA
En horas de despacho del día de hoy, 19 de enero de 2006, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la continuación de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo del cobro de prestaciones sociales interpuesto por MARY CAROLINA RODRÍGUEZ DE VILAS Y JOSÉ RAMÓN VILAS RODRÍGUEZ (MENOR), HEREDEROS DEL DIFUNTO JOSÉ MANUEL VILAS LIÑEIRA contra la empresa INTEVEP, S.A.. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal y compareció el abogado FELIX EDMUNDO RODRIGUEZ MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.072, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. De igual forma, comparece la abogada CANDILI YSSLAY QUINTERO CARDENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.652, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada. Seguidamente, las partes solicitan la suspensión de la presente audiencia. En este estado, el Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado y en consecuencia, homologa la suspensión solicitada por la partes a los fines de la continuación de la audiencia preliminar, hasta el día 21 de febrero de 2006, a las 10:00 a.m.. Así mismo, se expide copia certificada de la presente acta a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
CORINA RODRÍGUEZ SANTOS
LA JUEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
SECRETARIA
EXP. 0482-05