REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
195º y 147º
Vista la diligencia anterior de fecha 17 de los corrientes, estampada por el abogado en ejercicio ROGER FERMIN VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.339, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCISCO JOSE ENCINAS VERDE e YBALLA DE LA CONCEPCION JOFRE MARTIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-4.047.722 y 3.813.338 respectivamente, mediante la cual desiste del procedimiento y devolución del Acta de matrimonio, este Tribunal imparte su aprobación HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos expuestos por el apoderado judicial de los solicitantes, ordena el archivo del expediente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena la devolución del documento original cursante en el expediente previa su certificación por secretaria. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior por cuanto no fue consigno el fotostato respectivo.
LA SECRETARIA,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Lisbeth
Exp N° 16197