JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y ORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
196º y 147º
PARTE DEMANDANTE: ciudadano HUGO WILMER ZAMBRANO SALAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.022.398 y de este domicilio, en su carácter de ACREEDOR.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: abogado LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 6.107.
PARTE DEMANDADA: ciudadano CARLOS HERNAN GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.565 y de este domicilio, en su carácter de DEUDOR.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES, TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN.
EXPEDIENTE: Nº 4.384/2006
Visto el cómputo realizado en esta misma fecha, por la Secretaria de este Tribunal, en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil; se observa, que de acuerdo con el auto de admisión de fecha 05 de junio de 2006, este Juzgado decretó la intimación del demandado, ciudadano CARLOS HERNAN GOMEZ, en su carácter de DEUDOR (10) días de despacho siguientes a que constara en autos su intimación, pagara las cantidades de dinero demandadas o formulara su oposición al decreto de intimación.
Ahora bien, el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, establece:
“el intimado deberá formular su oposición dentro de los diez días siguientes a su notificación personal practicada en la forma prevista en el artículo 649, a cualquier hora de las fijadas en la tablilla a que se refiere el artículo 192. (…) si el intimado o el defensor en su caso no formulare oposición dentro de los plazos mencionados, no podrá ya formularse y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.” (Subrayado del Tribunal).
Del estudio de las actas procesales se desprende que la última intimación ordenada se produjo el día 21 de junio de 2006, tal como se evidencia del acta de embargo levantada por Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que riela a los folio 09 y vuelto, 10 y vuelto, 11 y vuelto Y 12 del expediente, oportunidad en la cual se inició el lapso de oposición que transcurrió entre el 12 y el 26 de julio de 2006.
En consecuencia, al no hacer oposición oportuna por parte del demandado, ciudadano CARLOS HERNAN GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.565 y de este domicilio, en su carácter de DEUDOR, de conformidad con lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, al decreto de intimación de fecha 05 de junio de 2006, inserto al folio 05 y su vuelto, dictado en el proceso de Cobro de Bolívares, tramitado por el procedimiento de intimación, incoado en su contra por el ciudadano HUGO WILMER ZAMBRANO SALAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.022.398 y de este domicilio, en su carácter de ACREEDOR.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil seis (31/07/2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
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