REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO



En el día de hoy, veinte de julio de dos mil seis, siendo las 10:00 a.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio ANDRÉZ ELOY MENDEZ CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.446, quien actúa con el carácter de co-apoderado del ciudadano ALIRIO JOSÉ MENDEZ CONTRERAS, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de Banesco, Agencia 173 San Cristóbal, ubicada en el Centro Comercial El Angel, calle 10 con carrera 23, Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes muebles propiedad del demandado ciudadano JOSÉ ROBY PÉREZ MORENO; en el JUICIO que por SANEAMIENTO se sigue en el expediente Civil Nº 31.948 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Dgdo: JACKSON GAMBOA, placa 2227. Se encuentra presente la ciudadana: ALIUSKA AGUILAR R., titular de la C.I. N° V-10.894.816 en su condición de Gerente de la Entidad Bancaria, la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para ser Embargado Preventivamente el monto de ONCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs 11.000.000)que se encuentra depositado en la Cuenta corriente N°01340435-64-4353021120 perteneciente al demandado JOSÉ ROBY PÉREZ MORENO, Es todo.” En este estado el Tribunal requiere de la Notificada la información correspondiente sobre la cuenta corriente referida por la parte ejecutante, quien una vez verificado en el sistema informa a este Tribunal que efectivamente la cuenta señalada pertenece al ciudadano JOSÉ ROBY PÉREZ MORENO y que en la misma
existe en la actualidad el saldo disponible de ONCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 11.000.000,00). En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el monto de ONCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 11.000.000,00) existentes en la cuenta corriente N°01340435-64-4353021120 señalada por la parte ejecutante, en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena en este acto a la Notificada la expedición del correspondiente cheque de gerencia por el monto de Bs. 11.000.000,00 a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, hecho lo cual la notificada procedió a hacer entrega a este Tribunal del Cheque de Gerencia N° 0173 06719 por la cantidad de Bs.11.000.000,00 a nombre del Juzgado de la Causa, el cual se acuerda agregar a la presente comisión. Se acuerda igualmente expedir copia certificada de la presente acta y hacer entrega de la misma a la Notificada, para fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:m, y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

ABG. ANDRES ELOY MENDEZ CONTRERAS

EL FUNCIONARIO POLICIAL,

DTGDO JACKSON GAMBOA







LA NOTIFICADA


ALIUSKA AGUILAR R.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


MARTHA MILENA SILVA