REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR MANDATO EXPRESO DE LEY, PASA A EMITIR EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO:
Se sustituye la Privación Judicial Preventiva de Libertad decreta en contra de los ciudadanos HECTOR JOSE ALVAREZ MEJIAS, nacionalidad: Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 25/03/1970, de 36 años de edad, de profesión u oficio: Comerciante, nombre de sus padres: ELIZABETH MEJIAS (V) y HECTOR ALVAREZ (V), residenciado en: Carretera Regional del Centro, Urb. La Morita, Casa S/N, La Cortada de Maturín, vía Principal, al lado de la entrada de Los Anaucos, la casa es de color verde, Familia Álvarez, Estado Miranda; titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.786.269, telf. 0414.1413338 y GERMAN ENRIQUE HERNANDEZ SOLORZANO, nacionalidad: Venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el 10/01/1979, de 27 años de edad, de profesión u oficio: chofer de camiones, nombre de sus padres: ELADIA SEVERIANA SOLORZANO DE HERNANDEZ (V) y ISNARDO GONZALEZ HERNANDEZ (V) residenciado en: San Diego de Los Altos, Urb. San Tarsicio, Casa S/N, detrás de la Plaza y Chicharronera Guaicoco, Estado Miranda; titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.216.695, por las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 3, 8 y 9 consistente en:
Presentaciones ante este tribunal cada ocho (08) días, los días miércoles, hasta que el Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, presente el acto conclusivo correspondiente.-
Presentación de dos (02) fiadores que acrediten tener entradas mensuales mínimas de treinta (30) unidades tributarias y cumplan con los requisitos previstos en el artículo 258 ejusdem.-
Prohibición de concurrir al inmueble donde presuntamente ocurrieron los hechos, ubicado en: HACIENDA SAN TARCISIO, CASA S/N, SECTOR SAN DIEGO DE LOS ALTOS, MUNICIPIO GUAICAIPURO, ESTADO MIRANDA.-
En virtud de que hasta la presente fecha el Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, no ha presentado el acto conclusivo correspondiente en la causa que se les sigue a los imputados ut supra mencionados.
Notifíquese a las partes. Publíquese, Regístrese, Diarícese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
LA JUEZ
ABG. IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. OGLA BOTTO
CAUSA N° 1C-1856-06
IMH/OB/jpc.-