REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Sobre la base de lo expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: En relación al ciudadano MIJARES BARRIOS JOSE ANTONIO, portador de la cédula de identidad N° V- 4.844.771, el Tribunal lo acepta como fiador del ciudadano GERMAN ENRIQUE HERNANDEZ SOLORZANO, portador de la cédula de identidad N° V- 14.216.695, por cuanto el mismo cumple con los requisitos previstos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, así como con los exigidos por este Tribunal en fecha 11-07-206. SEGUNDO: En relación al ciudadano IBARRA OCARIZ VICENTE, portador de la cédula de identidad N° V- 9.244.854, el Tribunal lo acepta como fiador del ciudadano GERMAN ENRIQUE HERNANDEZ SOLORZANO, portador de la cédula de identidad N° V- 14.216.695, por cuanto el mismo cumple con los requisitos previstos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, así como con los exigidos por este Tribunal en fecha 11-07-206. TERCERO: En relación al ciudadano GUERRA RODRIGUEZ SIMON ALFONZO, portador de la cédula de identidad N° V- 3.587.969, el Tribunal lo acepta como fiador del ciudadano HECTOR JOSE ALVAREZ MEJIAS, portador de la cédula de identidad N° V- 10.786.269, por cuanto el mismo cumple con los requisitos previstos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, así como con los exigidos por este Tribunal en fecha 11-07-206. CUARTO: En relación a la ciudadana SALAZAR ACEVEDO AYERIM NINOSKA, portadora de la cédula de identidad N° V- 14.518.086, el Tribunal la acepta como fiadora del ciudadano HECTOR JOSE ALVAREZ MEJIAS, portador de la cédula de identidad N° V- 10.786.269, por cuanto la misma cumple con los requisitos previstos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, así como con los exigidos por este Tribunal en fecha 11-07-206.-

Regístrese, Publíquese, Diarícese, déjese copia certificada de la presente decisión.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL

ABG. IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA

ABG. OGLA BOTTO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ACT: N° 1C-1856-06
IMH/OB/jpc.-