REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 10 de Julio de 2006.-
195° y 147°

Juez Profesional: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Abogado Asistente: Dr. Hermán Roy Moreno Ochoa
Querellante: Carlos Alberto Vasquez
Querellada: Franklin Antonio Palma.-
Secretario: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Ultraje Simple, previsto y sancionado en el artículo 222 del Código Penal Venezolano.-
DISPOSITIVA
Con base en ese razonamiento, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, Rechaza la querella presentada Carlos Alberto Vasquez, titular de la cédula de identidad N° V-15.104.925, debidamente asistido por el Profesional del derecho Herman Roy Moreno Ochoa, titular de la cédula de identidad N° V-8.892.944, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 110.234; en contra del ciudadano Franklin Antonio Palma, titular de la cédula de identidad N° V-16.418.682, por la presunta comisión del delito de: Ultraje Simple, previsto y sancionado en el artículo 222 del Código Penal Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 296 de la norma adjetiva penal, en concordancia con lo establecido en la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, de fecha 16/02/2006, en el expediente 01-0415.-
Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese en el Libro Diario, déjese copia de la decisión.-

El Juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Ingrid Moreno

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordena en el auto anterior. Y así lo certifico.-
La Secretaria

Abg. Ingrid Moreno