REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:

PRIMERO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Se otorga medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad a favor del imputado GUTIERREZ ITURVIS JOSE GREGORIO, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad V-12.829-142, de 31 años de edad, nacido el 29-07-74. Estado civil Soltero, de profesión Buhonero, sus padres Desconoce Madre (-) y Freddy Gutierrez (v), domiciliado en Mercadito de la Calle de Barlovento, en el Deposito Nro. 4, Higuerote. sujeta a la presentación ante este Tribunal llevado por la Oficina de Presentación del Imputado de Alguacilazgo cada TREINTA (30) DÍAS, previo cumplimiento del ordinal 2° como es la presentación de una (01) persona responsable que acredite ante el Tribunal constancia de residencia , buena conducta y ser ascendiente en línea directa del imputado de marras, debiendo mantenerse recluido en la Policía Municipal de Brión con sede en Higuerote , hasta tanto cumpla con la medida cautelar impuesta, por un lapso de diez (10) días, asimismo se insta al Ministerio Público se le practique el Examen Médico legal correspondiente y remita los resultados a este Tribunal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 5°, 3° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal.

Tercero: Se acuerda el envío de la causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en su oportunidad legal, una vez cumplida las medidas cautelares, a los fines de continuar con la investigación por la vía ordinaria.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
EL JUEZ PRIMERO (T) DE CONTROL

ABG JOSE MORENO GONZALEZ
EL SECRETARIO

Abg. JOSUE ZERPA
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
EL SECRETARIO

Abg. JOSUE ZERPA


1C-07-144-06