REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Extensión Valles del Tuy.
Años: 194º y 145º
Valles del Tuy, 23 de Julio de 2006.
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-2853.-
ASUNTO : MP21-P-2005-2853.-
EXP. FISCAL: : 15FT-1624-U-2005.-
SOBRESEIMIENTO
Muerte del Imputado.
Tribunal:
Juez: Orinoco Fajardo León.
Secretario: Abg. Neptalí González.
Partes:
Fiscal: Dr. Urbano Miguel García López.
(Fiscal del Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público.)
Victima: GLENDY DAYANA IBARRA RUIZ.
IMPUTADO: CESAR AUGUSTO FERNANDEZ GONZALEZ. (occiso)
Delito: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS.
(Art. 376 del Código Penal.)
Defensa: PUBLICA.
Compete a este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Extensión Valles del Tuy del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, emitir pronunciamiento Judicial con relación a la muerte de quien en vida respondiera al nombre de FERNANDEZ GONZALEZ CESAR AUGUSTO, quien era imputado en la presente causa, deceso establecido como causal de extinción de la acción penal pública que conlleva inexorablemente a decretar el sobreseimiento de la causa en con respecto a la persona fallecida en los términos siguientes.
CAPITULO I
HECHOS ACREDITADOS POR EL TRIBUNAL.
I
Identificación del imputado.
CESAR AUGUSTO FERNANDEZ GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, cedulado con el N° V-964.397, de estado civil casado, de 71 años de edad, nacido en fecha 2203-1936, natural de Caracas, Distrito Federal, hijo de Lucrecia González De Fernandez (v) y de Marcos Antonio Fernandez (f), de oficio Herrero y residenciado en calle San Miguel de Cúa, Sector La Lagunita, casa s/n, detrás del taller, Estado Miranda.
II
Del los hechos atribuidos al imputado.
Este Tribunal de la revisión de la causa, estimó acreditado la existencia de los hechos y actos procesales siguientes:
Por los hechos ocurridos en el mes de febrero de 1998, el Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, bajo la vigencia del Código de Enjuiciamiento Criminal, declaró “TERMINADA LA AVERIGAUCIÓN SUMARIAL” por el fallecimiento del imputado por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el reformado Código Penal en su artículo 377, hoy artículo 376 del vigente Código Penal.
En fecha 5 de abril de 1999 se expide Acta de Enterramiento del Cementerio General del Sur a petición del referido Juzgado de Municipio, en el cual se deja constancia de la inhumación de quien en vida se llamara: CESAR AUGUSTO FERNENDEZ, de 63 años de edad para el momento de la muerte, quien fallece a consecuencia de un INFARTO de acuerdo a la certificación médica expedida por la Dra. ANA ACEVEDO.
CAPITULO II
MOTIVACION PARA DECIDIR
El Código Orgánico Procesal Penal, dispone las causales de extinción de la acción penal, así encontramos la muerte del imputado como una de ellas, situación prevista en el ordinal 1 del artículo 48 de la ley adjetiva.
Bueno es precisar, que el deceso del imputado FERNENDEZ GONZALEZ CESAR AUGUSTO, lo estima probado esta Instancia mediante el Acta de Defunción y Enterramiento, en el cual dejan constancia del fallecimiento por infarto del imputado de marras; De tal suerte que, tan lamentable acontecimiento por la perdida de una vida, constituye a la vista de esta Instancia una causar para dar por extinguida la acción penal pública que había incoado el Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en contra de prenombrado ciudadano.
Determinada como ha sido el deceso del imputado FERNENDEZ GONZALEZ CESAR AUGUSTO, observa este Tribunal que su muerte mas allá de ser una causar de extinción de la acción penal pública incoada por el Ministerio Público, tal extinción es una causal del sobreseimiento de la causa en cuanto a éste, situación dispuesta en el numeral 3 del artículo 318 para su procedencia cuando “la acción penal se ha extinguido (…)” como en el caso de marras.
Así las cosas, estima quien decide, que al producirse el fallecimiento de quien en vida respondiera al nombre de FERNENDEZ GONZALEZ CESAR AUGUSTO, durante el proceso que conlleva a la extinción de la acción penal pública en cuanto a éste e incoada por el Fiscal del Ministerio Público, que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la causa en lo que respecta al imputado de marras por los hechos ocurridos en el mes de Febrero de 1998, hechos que el Ministerio Público precalificó y subsumió en el tipo penal de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS. Así se declara.
CAPITULO III
DECISION
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de quien en vida respondiera al nombre de FERNANDEZ GONZALEZ CESAR AUGUSTO, cedulado con el N° V-964.397, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, sancionado en el artículo 376 del Código Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese a las partes la presente decisión, en Valles del Tuy a las 01:15 p.m.
EL JUEZ TITULAR QUINTO DE CONTROL
ORINOCO FAJARDO LEON.
EL SECRETARIO
Abg. NECTALÍ GONZÁLEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a la Sentencia que antecede.
EL SECRETARIO
Abg. NECTALI GONZÁLEZ.
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-2853.-
ASUNTO : MP21-P-2005-2853.-
EXP. FISCAL: : 15FT-1624-U-2005.-