REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DECISION
Sobre la base de las consideraciones que anteceden, este Tribunal en función de Control N° 5 de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA MENOS GRAVOSA al ciudadano JOSE LUIS JAIMES SANTAELLA, ampliamente identificados, en consecuencia, se mantienen la privación judicial preventiva de libertad decretada por este Tribunal de Control.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes,
EL JUEZ TITULAR QUINTO DE CONTROL
ORINOCO FAJARDO LEON.
EL SECRETARIO
ABG. NEPTALI GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO
ABG. NEPTALI GONZALEZ.
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2006-1168.