LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
195º y 147º
SOLICITANTE: MALYORI MARTINA HERNANDEZ de PAUWELS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-3.934.585.
ABOGADA ASISTENTE: JENNIFER ANSELMI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N º 102.880.
EXPEDIENTE N º 16002
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.
CAPITULO I
NARRATIVA
En fecha 27 de mayo de 2006, se recibió la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana MALYORI MARTINA HERNANDEZ de PAUWELS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V-3.934.585, asistida por la abogada JENNIFER ANSELMI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N º 102.880, la cual corre inserta bajo el Acta N º 812, folio 012, del Libro de Registro Civil de Defunción, llevados por el Dirección de Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, durante el año: 2005. Alegando que por error involuntario al momento de efectuar la inserción del acta de defunción de su madre, ciudadana LUISA CECILIA GONZALEZ de HERNANDEZ, se incurrió en el error de asentar; Primero: El nombre de la solicitante como “MARYORI” siendo lo correcto “MALYORI MARTINA”; Segundo: El nombre de su hermana como “MARINEILA EULALIA” siendo lo correcto “EULALIA MARINELA”; Tercero: El nombre de su hermano como “MERILIO TITO (fallecido)” siendo lo correcto “TITO MERILIO (fallecido)”.
En fecha 10 de abril de 2006, el Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 02 de mayo de 2006, la ciudadana MALYORI MARTINA HERNANDEZ, asistida de abogada, mediante diligencia consignó fotostatos, a los fines de librarse la boleta a la representación fiscal. En esta misma fecha la ciudadana antes mencionada confirió Poder Apud Acta a la abogada JENNIFER ANSELMI, La Secretaria de Tribunal dejó constancia de ello.
En fecha 04 de mayo de 2006, el Tribunal libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 17 de mayo de 2006, el Alguacil Accidental del Tribunal consignó Boleta de notificación firmada y sellada en fecha 12 de mayo de 2006, por la representación Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 07 de junio de 2006, siendo la oportunidad para que la Fiscal del Ministerio Público, manifestara su opinión mediante diligencia manifestó no tener objeción que formular en la presente solicitud.
CAPITULO II
MOTIVA
Probado como ha sido lo alegado en autos, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en LOS TEQUES, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana MALYORI MARTINA HERNANDEZ de PAUWELS, anteriormente identificada, ordena al Director del Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR en el Acta de Defunción de la finada LUISA CECILIA GONZALEZ de HERNANDEZ, la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal, en el Acta que corre inserta bajo el Acta N º 812 al folio 012, del Libro de Defunción correspondiente al año 2005, a fin de que donde dice y se lee: “...MARYORI MARTINA...” diga y se lea: “...MALYORI MARTINA...”, donde dice y se lee: “...MARINEILA EULALIA...” diga y se lea: “...EULALIA MARINELA...” y donde dice y se lee: “...MERILIO TITO (fallecido)...” diga y se lea: “...TITO MERILIO (fallecido)...”. Todo ello en la dispositiva del presente fallo. Así se decide.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con vista a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana MALYORI MARTINA HERNANDEZ de PAUWELS, anteriormente identificada, ordena al Director del Registro Civil de Personas y Electoral, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR en el Acta de Defunción de la finada LUISA CECILIA GONZALEZ de HERNANDEZ, la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal, en el Acta que corre inserta bajo el Acta N º 812 al folio 012, del Libro de Defunción correspondiente al año 2005, a fin de que donde dice y se lee: “...MARYORI MARTINA...” diga y se lea: “...MALYORI MARTINA...”, donde dice y se lee: “...MARINEILA EULALIA...” diga y se lea: “...EULALIA MARINELA...” y donde dice y se lee: “...MERILIO TITO (fallecido)...” diga y se lea: “...TITO MERILIO (fallecido)...”.
Expídanse por secretaria las copias certificadas a que haya menester a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes junto con oficio, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 1º de la Ley de Sellos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 Ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. En Los Teques a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil seis (2006).-
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se registro y publico la anterior sentencia, siendo las 1:00 p.m.-
LA SECRETARIA,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Damelis
Exp Nº 16002
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