REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES




LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 147º



Vista la diligencia anterior de fecha 20 de los corrientes, estampada por la abogada en ejercicio CLARA JOSEFINA NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.297, en su carácter de apoderada judicial de la parte Sociedad Mercantil CONDOMINIO VENESPA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de noviembre de 2002, bajo el N° 40, Tomo 21-A-Tro, y Asamblea General Extraordinaria registrada por ante ese mismo Registro en fecha 11 de agosto de 2003, bajo el N° 40, Tomo 13-A Tro, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) sigue en contra de los ciudadanos RICHARD TOVAR GONZALEZ Y XIOMARA DEL CARMEN COLMENARES DE TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.220.390 y V-5.419.310 respectivamente, mediante la cual desiste del procedimiento y solicitando la devolución de los documentos originales cursantes al expediente, este Tribunal imparte su aprobación HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos expuestos por la parte actora, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena la devolución de los documentos originales cursantes en el expediente previa su certificación por secretaria. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MJFT/Lisbeth
Exp N° 15990