JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiuno de Junio de dos mil seis.-
196º y 147º
Recibido por Distribución constantes todo de ocho (08) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la abogado MAYLE CAROLINA MOLINA RUJANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-15.121.844, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.661, actuando en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos FILMO CONTRERAS CONTRERAS y MARLENE STELLA SIERRA ALDANA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.367.423 y V-11.373.617, respectivamente, según consta en documento poder autenticado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario con Funciones Notariales de los Municipios Autónomos Libertador y Fernández Feo del Estado Táchira, bajo el N° 75, Tomo II, Folios 340-343, de fecha 03 de Marzo del año 2.006, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la apoderada judicial de los ciudadanos FILMO CONTRERAS CONTRERAS y MARLENE STELLA SIERRA ALDANA, ya identificados y por cuanto se evidencia que se obvio colocar los números de Cédulas de Identidad de los contrayentes, las cuales son: la del ciudadano FILMO CONTRERAS CONTRERAS, N° V-9.367.423 y la de la ciudadana MARLENE STELLA SIERRA ALDANA, N° V-11.373.617, SE ORDENA incluir los referidos números de las Cédulas de Identidad en el Acta de Matrimonio N° 45. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese a la Prefectura del Municipio Libertador del Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio N° 45 de fecha 18 de Diciembre del año 1.990, perteneciente a los ciudadanos FILMO CONTRERAS CONTRERAS y MARLENE STELLA SIERRA ALDANA. Expídase copias certificadas.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena
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