JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintidós (22) de junio de dos mil seis.

AÑOS: 196° y 147°

Vista la Transacción celebrada en fecha 20 de junio del año en curso, entre el demandado, ciudadano JOHNNY ARMENTA PRADA, titular de la cédula de identidad N° V- 9.229.703, asistido por las abogadas en ejercicio CECILIA MURILLO COLMENARES y NUBIA MARTÍNEZ DE FIALLO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.467 y 22.821, en su orden; y el abogado FERNANDO RAMÍREZ CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.182, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, ciudadanas MARÍA EDITH LOZADA TORRES, EDITH MARÍA LOZADA TORRES y MARÍA CARLA LOZADA TORRES; esta Juzgadora una vez revisado la mencionada transacción, observando que no es contraria a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.




Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m) se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el “N° 100”, en el “Libro de Registro de Sentencias” llevado por este Juzgado en el presente y año.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

DarcyS.
Exp N° 11-036-06.